Señores senadores:
Si este texto les es desconocido, entonces su asociación con el PC y apoyo a
los socialistas y demás es por ignorantes de la realidad histórica.
Si les es conocido, entonces sus actuaciones y decisiones tienen otro
nombre...
Sólo resalto unos pocos puntos más relevantes:
- Allende incurrió en sedición al arrogarse derechos que el pueblo no le
había delegado,
- Se empeñó desde un principio en conquistar el poder total, con el evidente
propósito de someter a todas las personas al más estricto control económico
y político por parte del Estado y lograr o la instauración de un sistema
totalitario,
- Incurrió en violaciones permanentes de la Constitución y sus
garantías, llegando a los extremos de desconocer y atropellar
sistemáticamente las atribuciones de los demás Poderes del Estado,
- No respetó el Estatuto de Garantías democráticas incorporado a la
Constitución Política, mismo que le permitió ser elegido Presidente por el
Congreso Pleno,
- Violó el principio de igualdad ante la ley, de la autonomía universitaria,
el derecho a reunión, del derecho de propiedad,
- Desconoció los derechos de los trabajadores,
- Incurrió en frecuentes detenciones ilegales por motivos políticos,
permitiendo las flagelaciones y torturas,
- Atentó contra la libertad de expresión. contra la libertad de enseñanza,
- VIOLÓ GRAVE Y SISTEMÁTICAMENTE LOS DERECHOS HUMANOS,
¿Y USTEDES SIGUEN CREYENDO/CONFIANDO EN LOS COMUNISTAS?
La historia y el pueblo de Chile los juzgará...
POR SI NO RECUERDAN QUE PASO EL 22 DE AGOSTO DEL 73.
El Acuerdo de la Cámara de Diputados sobre el Grave Quebrantamiento del
Orden Constitucional y Legal de la República, del 22 de agosto de 1973
ACUERDO:
"Considerando:
1º Que es condición esencial para la existencia de un Estado de Derecho,
que los Poderes Públicos, con pleno respeto al principio de independencia
recíproca que los rige, encuadren su acción y ejerzan sus atribuciones
dentro de los marcos que la Constitución y la ley les señalan, y que todos
los habitantes del país puedan disfrutar de las garantías y derechos
fundamentales que les asegura la Constitución Política del Estado;
2º Que la juridicidad del Estado chileno es patrimonio del pueblo que en
el curso de los años, ha ido plasmando en ella el consenso fundamental para
su convivencia y atentar contra ella es, pues, destruir no sólo el
patrimonio cultural y moral de nuestra nación sino que negar, en la
práctica, toda posibilidad de vida democrática;
3º Que son estos valores y principios los que se expresan en la
Constitución Política del Estado que, de acuerdo a su artículo 2º, señala
que la soberanía reside esencialmente en la nación y que las autoridades no
pueden ejercer más poderes que los que ésta les delegue y, en el artículo
3º, se reduce que un Gobierno que se arrogue derechos que el pueblo no le ha
delegado, incurre en sedición;
4º Que el actual Presidente de la República fue elegido por el Congreso
Pleno previo acuerdo en torno a un Estatuto de Garantías democráticas
incorporado a la Constitución Política, el que tuvo como preciso objeto
asegurar el sometimiento de la acción de su Gobierno a los principios y
normas del Estado de Derecho, que él solemnemente se comprometió a respetar;
5º Que es un hecho que el actual Gobierno de la República, desde sus
inicios, se ha ido empeñando en conquistar el poder total, con el evidente
propósito de someter a todas las personas al más estricto control económico
y político por parte del Estado y lograr de ese modo la instauración de un
sistema totalitario, absolutamente opuesto al sistema democrático
representativo, que la Constitución establece;
6º Que, para lograr ese fin, el Gobierno no ha incurrido en violaciones
aisladas de la Constitución y de la ley, sino que ha hecho de ellas un
sistema permanente de conducta, llegando a los extremos de desconocer y
atropellar sistemáticamente las atribuciones de los demás Poderes del
Estado, violando habitualmente las garantías que la Constitución asegura a
todos los habitantes de la República y, permitiendo y amparando la creación
de poderes paralelos, ilegítimos, que constituyen un gravísimo peligro para
la nación, con todo lo cual ha destruido elementos esenciales de la
institucionalidad y del Estado de Derecho;
7º Que, en lo concerniente a las atribuciones del Congreso Nacional,
depositario del Poder Legislativo, el Gobierno ha incurrido en los
siguientes atropellos:
a) Ha usurpado al Congreso su principal función, que es la de legislar, al
adoptar una serie de medidas de gran importancia para la vida económica y
social del país, que son indiscutiblemente materia de ley, por decretos de
insistencia dictados abusivamente o por simples resoluciones administrativas
fundadas en "resquicios legales", siendo de notar que todo ello se ha hecho
con el propósito deliberado y confeso de cambiar las estructuras del país,
reconocidas por la legislación vigente, por la sola voluntad del Ejecutivo y
con prescindencia absoluta de la voluntad del legislador;
b) Ha burlado permanentemente las funciones fiscalizadoras del Congreso
Nacional al privar de todo efecto real a la atribución que a éste le compete
para destituir a los Ministros de Estado que violan la Constitución o la ley
o cometen otros delitos o abusos señalados en la Carta Fundamental, y
c) Por último, lo que tiene la más extraordinaria gravedad, ha hecho
"tabla rasa" de la alta función que el Congreso tiene como Poder
Constituyente, al negarse a promulgar la reforma constitucional sobre las
tres áreas de la economía, que ha sido aprobada con estricta sujeción a las
normas que para ese efecto establece la Carta Fundamental;
8º Que, en lo que concierne al Poder Judicial, ha incurrido en los
siguientes desmanes:
a) Con el propósito de minar la autoridad de la magistratura y de doblegar
su independencia, ha capitaneado una infamante campaña de injurias y
calumnias contra la Excma. Corte Suprema y ha amparado graves atropellos de
hecho contra las personas y atribuciones de los jueces;
b) Ha burlado la acción de la justicia en los casos de delincuentes que
pertenecen a partidos y grupos integrantes o afines del Gobierno, ya sea
mediante el ejercicio abusivo del indulto, o mediante el incumplimiento
deliberado de órdenes de detención;
c) Ha violado leyes expresas y ha hecho "tabla rasa" del principio de
separación de los Poderes, dejando sin aplicación las sentencias o
resoluciones judiciales contrarias a sus designios y, frente a las denuncias
que al respecto ha formulado la Excma. Corte Suprema, el Presidente de la
República ha llegado al extremo inaudito de arrogarse en tesis el derecho de
hacer un "juicio de méritos" a los fallos judiciales, determinando cuándo
éstos deben ser cumplidos;
9º Que, en lo que se refiere a la Contraloría General de la República -un
organismo autónomo esencial para el mantenimiento de la juridicidad
administrativa- el Gobierno ha violado sistemáticamente los dictámenes y
actuaciones destinados a representar la ilegalidad de los actos del
Ejecutivo o de entidades dependientes de él;
10º Que entre los constantes atropellos del Gobierno a las garantías y
derechos fundamentales establecidos en la Constitución, pueden destacarse
los siguientes:
a) Ha violado el principio de igualdad ante la ley, mediante
discriminaciones sectarias y odiosas en la protección que la autoridad debe
prestar a las personas, los derechos y los bienes de todos los habitantes de
la República, en el ejercicio de las facultades que dicen relación con la
alimentación y subsistencia y en numerosos otros aspectos, siendo de notar
que el propio Presidente de la República ha erigido estas discriminaciones
en norma fundamental de su Gobierno, al proclamar desde el principio que él
no se considera Presidente de todos los chilenos;
b) Ha atentado gravemente contra la libertad de expresión, ejerciendo toda
clase de presiones económicas contra los órganos de difusión que no son
incondicionales adeptos del Gobierno; clausurando ilegalmente diarios y
radios; imponiendo a estas últimas "cadenas" ilegales; encarcelando
inconstitucionalmente a periodistas de oposición; recurriendo a maniobras
arteras para adquirir el monopolio del papel de imprenta, y violando
abiertamente las disposiciones legales a que debe sujetarse el Canal
Nacional de Televisión, al entregarlo a la dirección superior de un
funcionario que no ha sido nombrado con acuerdo del Senado, como lo exige la
ley, y al convertirlo en instrumento de propaganda sectaria y de difamación
de los adversarios políticos;
c) Ha violado el principio de autonomía universitaria y el derecho que la
Constitución reconoce a las Universidades para establecer y mantener
estaciones de televisión, al amparar la usurpación del Canal 9 de la
Universidad de Chile, al atentar por la violencia y las detenciones ilegales
contra el nuevo Canal 6 de esa Universidad, y al obstaculizar la extensión a
provincias del Canal de la Universidad Católica de Chile;
d) Ha estorbado, impedido y, a veces, reprimido con violencia el ejercicio
del derecho de reunión por parte de los ciudadanos que no son adictos al
régimen, mientras ha permitido constantemente que grupos a menudo armados,
se reúnan sin sujeción a los reglamentos pertinentes y se apoderen de calles
y camiones para amedrentar a la población;
e) Ha atentado contra la libertad de enseñanza, poniendo en aplicación en
forma ilegal y subrepticia, a través del llamado Decreto de Democratización
de la Enseñanza, un plan educacional que persigue como finalidad la
concientización marxista;
f) Ha violado sistemáticamente la garantía constitucional del derecho de
propiedad, al permitir y amparar más de 1500 "tomas" ilegales de predios
agrícolas, y al promover centenares de "tomas" de establecimientos
industriales y comerciales para luego requisarlos o intervenirlos
ilegalmente y constituir así, por la vía del despojo, el área estatal de la
economía; sistema que ha sido una de las causas determinantes de la insólita
disminución de la producción, del desabastecimiento, el mercado negro y el
alza asfixiante del costo de la vida, de la ruina del erario nacional y, en
general, de la crisis económica que azota al país y que amenaza el bienestar
mínimo de los hogares y compromete gravemente la seguridad nacional;
g) Ha incurrido en frecuentes detenciones ilegales por motivos políticos,
además de las ya señaladas con respecto a los periodistas, y ha tolerado que
las víctimas sean sometidas en muchos casos a flagelaciones y torturas;
h) Ha desconocido los derechos de los trabajadores y de sus organizaciones
sindicales o gremiales, sometiéndolos, como en el caso de El Teniente o de
los transportistas, a medios ilegales de represión;
i) Ha roto compromisos contraídos para hacer justicia con trabajadores
injustamente perseguidos como los de Sumar, Helvetia, Banco Central, El
Teniente y Chuquicamata; ha seguido una arbitraria política de imposición de
las haciendas estatales a los campesinos, contraviniendo expresamente la Ley
de Reforma Agraria; ha negado la participación real de los trabajadores de
acuerdo a la Reforma Constitucional que les reconoce dicho derecho; ha
impulsado el fin de la libertad sindical mediante el paralelismo político en
las organizaciones de los trabajadores;
j) Ha infringido gravemente la garantía constitucional que permite salir
del país, estableciendo para ello requisitos que ninguna ley contempla;
11º Que contribuye poderosamente a la quiebra del Estado de Derecho, la
formación y mantenimiento, bajo el estímulo y la protección del Gobierno, de
una serie de organismos que son sediciosos porque ejercen una autoridad que
ni la Constitución ni la ley les otorgan, con manifiesta violación de lo
dispuesto en el artículo 10 Nº 16 de la Carta Fundamental, como por ejemplo,
los Comandos Comunales, los Consejos Campesinos, los Comités de Vigilancia,
las JAP, etc.; destinados todos a crear el mal llamado "Poder Popular", cuyo
fin es sustituir a los Poderes legítimamente constituidos y servir de base a
la dictadura totalitaria, hechos que han sido públicamente reconocidos por
el Presidente de la República en su último Mensaje Presidencial y por todos
los teóricos y medios de comunicación oficialistas.
12º Que en la quiebra del Estado de Derecho tiene especial gravedad la
formación y desarrollo, bajo el amparo del Gobierno, de grupos armados que,
además de atentar contra la seguridad de las personas y sus derechos y
contra la paz interna de la Nación, están destinados a enfrentarse contra
las Fuerzas Armadas; como también tiene especial gravedad el que se impida
al Cuerpo de Carabineros ejercer sus importantísimas funciones frente a las
asonadas delictuosas perpetradas por grupos violentistas afectos al
Gobierno. No pueden silenciarse, por su alta gravedad, los públicos y
notorios intentos de utilizar a las Fuerzas Armadas y al Cuerpo de
Carabineros con fines partidistas, quebrantar su jerarquía institucional e
infiltrar políticamente sus cuadros;
13º Que al constituirse el actual Ministerio, con participación de altos
miembros de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de Carabineros, el Excmo. señor
Presidente de la República lo denominó "de seguridad nacional" y le señaló
como tareas fundamentales las de "imponer el orden político", e "imponer el
orden económico", lo que sólo es concebible sobre la base del pleno
restablecimiento y vigencia de las normas constitucionales y legales que
configuran el orden institucional de la República;
14º Que las Fuerzas Armadas y el Cuerpo de Carabineros son y deben ser, por
su propia naturaleza, garantía para todos los chilenos y no sólo para un
sector de la Nación o para una combinación política. Por consiguiente, su
presencia en el Gobierno no puede prestarse para que cubran con su aval
determinada política partidista y minorista, sino que debe encaminarse a
restablecer las condiciones de pleno imperio de la Constitución y las leyes
y de convivencia democrática indispensables para garantizar a Chile su
estabilidad institucional, paz civil, seguridad y desarrollo;
15º Por último, en el ejercicio de las atribuciones que le confiere el
artículo 39 de la Constitución Política del Estado.
LA CAMARA DE DIPUTADOS ACUERDA:
PRIMERO.- Representar a S.E., el Presidente de la República y a los señores
Ministros del Estado miembros de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de
Carabineros, el grave quebrantamiento del orden constitucional y legal de la
República que entrañan los hechos y circunstancias referidos en los
considerandos Nºs 5º a 12 precedentes;
SEGUNDO.- Representarles, asimismo, que, en razón de sus funciones, del
juramento de fidelidad a la Constitución y a las leyes que han prestado y,
en el caso de dichos señores Ministros, de la naturaleza de las
instituciones a las cuales son altos miembros y cuyo nombre se ha invocado
para incorporarlos al Ministerio, les corresponde poner inmediato término a
todas las situaciones de hecho referidas, que infringen la Constitución y
las leyes, con el fin de encauzar la acción gubernativa por las vías del
Derecho y asegurar el orden constitucional de nuestra patria y las bases
esenciales de convivencia democrática entre los chilenos;
TERCERO.- Declarar que, si así se hiciere, la presencia de dichos señores
Ministros en el Gobierno importaría un valioso servicio a la República. En
caso contrario, comprometerían gravemente el carácter nacional y profesional
de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de Carabineros, con abierta infracción a
lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución Política y con grave
deterioro de su prestigio institucional, y
CUARTO.- Trasmitir este acuerdo a S.E., el Presidente de la República y a
los señores Ministros de Hacienda, Defensa Nacional. Obras Públicas y
Transportes y Tierras y Colonización".
Dios guarde a V.E.
Luis Pareto González (Presidente), Raúl Guerrero (Secretario).